LA COMUNIDAD INDÍGENA DE SEK’E JAHUIRA DE VIACHA DENUNCIAN CONTAMINACIÓN MINERA ANTE NACIONES UNIDAS

La Comunidad Indígena  de Sek’e Jahuira de Viacha denuncian contaminación del río por actividad minera y elevan su voz ante Naciones Unidas.

Antecedentes del caso

La comunidad indígena de Sek’e Jahuira, situada en el municipio de Viacha, departamento de La Paz, desde la gestión 2024, ha manifestado reiteradamente su preocupación por la grave contaminación del río Pallina, fuente vital de agua para consumo, riego y uso comunitario. Habiéndose identificado la causa como actividad minera en la zona de Milluni, cuyas operaciones han vertido residuos tóxicos, afectando directamente la salud humana, el ecosistema y las formas de vida tradicionales de la población aymara.

Desde hace más de una década, líderes comunitarios, juntas vecinales y colectivos ciudadanos han elevado denuncias públicas y administrativas ante autoridades locales y nacionales, solicitando monitoreos ambientales, remediación y sanciones, sin obtener respuestas efectivas.

Accionar del Estado boliviano frente a las denuncias

Pese a los reportes técnicos de instituciones como la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), el Observatorio de Conflictos Mineros de Bolivia (OCMB) y el mismo Ministerio de Medio Ambiente, el accionar estatal ha sido insuficiente. Si bien existen diagnósticos oficiales que reconocen niveles elevados de arsénico, plomo y cadmio, no se han activado mecanismos de remediación ni se ha sancionado a las empresas responsables.

A esto se suma la falta de consulta previa, libre e informada, como exige el Convenio 169 de la OIT, en el marco de cualquier actividad extractiva que impacte territorios indígenas.

La denuncia ante la ONU

En el mes de abril de 2025, representantes de la comunidad Sek’e Jahuira participaron del 24º período de sesiones del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas, visibilizando el caso ante delegaciones internacionales. La intervención de la delegada comunitaria, respaldada por el diálogo indígena internacional, alertó sobre la violación sistemática de los derechos colectivos y ambientales del pueblo aymara por parte del Estado boliviano.

En su informe, la comunidad exigió:

  1. Protección efectiva del río Pallina.
  2. Garantías al derecho humano al agua.
  3. Cese de la contaminación extractiva sin control estatal.
  4. Acceso a mecanismos de justicia internacionales.

Análisis jurídico de los efectos de la denuncia ante la ONU

De manera general, cabe señalar que el Foro Permanente no tiene funciones judiciales, no obstante, actúa como un espacio estratégico para canalizar denuncias a órganos especializados de la ONU, como los Relatores Especiales sobre pueblos indígenas, agua potable y medio ambiente. Si estos mecanismos consideran que existen violaciones graves y sistemáticas, pueden emitir comunicaciones formales al Estado boliviano, iniciar investigaciones temáticas, e incluso recomendar acciones urgentes.

Esto genera presión diplomática internacional y puede ser el primer paso hacia litigios internacionales, sobre todo si se logra demostrar:

  1. La inacción del Estado.
  2. El agotamiento o inutilidad de los recursos internos.
  3. El daño persistente a derechos reconocidos por tratados internacionales como el Acuerdo de Escazú. 

Frente a esta situación y como alternativa, una vez agotados mecanismos de acceso a la justicia inferiores, el caso podría ser presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dado que Bolivia es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, a su vez, ha reconocido la competencia de la Corte IDH. Sin embargo, esta vía es viable si:

  1. Se agotan los recursos judiciales internos.
  2. Se demuestra afectación a derechos como la vida digna, salud, agua, medio ambiente sano y consulta previa.

Al respecto, los Tratados y Marcos Jurídicos que permiten optar por mecanismos y medios internacionales para obtener y dar cumplimiento efectivo a derechos humanos dentro de la materia son: 

  1. Convenio 169 de la OIT (consulta previa).
  2. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (agua y salud).
  3. Acuerdo de Escazú (acceso a la justicia ambiental).
  4. Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
  5. Convención Americana sobre Derechos Humanos.

A modo de conclusión, es posible destacar que el caso de Sek’e Jahuira representa una lucha por la justicia ambiental, territorial y cultural, que pone a prueba el compromiso del Estado boliviano con sus obligaciones internacionales. El camino hacia la reparación no será inmediato, pero la visibilización internacional, la denuncia jurídica estratégica y el respaldo comunitario pueden abrir rutas efectivas hacia una justicia que ha sido negada en casa.

Andrea Reynolds

Bajo mi Sombrero Verde

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